Ampliarán demanda de amparo contra Conacyt por nuevo reglamento del SNI
Por las omisiones y falta de aplicación correcta de la Ley de Ciencia y Tecnología vigente, todo el proceso de evaluación 2020 del Sistema Nacional de Investigadores “está viciado”, dice Gloria Soberón
La doctora Gloria Soberón Chávez, representante electa de los miembros del Sistema Nacional de Investigadores (SNI) para participar en la Mesa Directiva del Foro Consultivo Científico y Tecnológico (FCCyT), así como en el Comité de Aprobación del SNI, informó ayer que el nuevo Reglamento del SNI publicado el lunes 21 de septiembre, da lugar a una ampliación en la demanda de amparo que promovió desde agosto contra el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) y que ya había generado una suspensión judicial a favor de la científica.
La explicación del contexto legal en el que se encuentra el proceso de la doctora fue compartida después de un análisis hecho por sus abogados sobre las implicaciones que tiene la publicación de un nuevo Reglamento del SNI, sin haber sido consultado con los representantes legalmente electos por los miembros del Sistema Nacional de Investigadores para el periodo 2018-2021.
La misma académica del Instituto de Investigaciones Biomédicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) detalló que por las omisiones y falta de aplicación correcta de la Ley de Ciencia y Tecnología vigente todo el proceso de evaluación 2020 del Sistema Nacional de Investigadores “está viciado”.
“Estas modificaciones reglamentarias se realizan en medio de un contexto particular: hace apenas un mes -en agosto de 2020- Gloria Soberón Chávez promovió juicio de amparo indirecto a efecto de que se respetara su carácter como miembro del Consejo de Aprobación del SNI, electa para el periodo 2018-2021. Esto, ya que el Procedimiento de Evaluación para Ingreso o Permanencia SNI 2020 se ha venido llevando a cabo sin la correcta composición del Consejo de Aprobación, ignorando por completo la participación de los representantes de la comunidad de ciencia y tecnología”, señala el análisis de los abogados de la científica mexicana.
CAMBIO UNIDIRECCIONAL. El lunes 21 de septiembre, Conacyt publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un nuevo reglamento para el Sistema Nacional de Investigadores (SNI) en el que introduce una decena de nuevos conceptos y cambia al órgano más importante de decisión del SNI, que era el Consejo de Aprobación y lo sustituye por un Consejo General, en el que ya no está presente el Foro Consultivo Científico y Tecnológico (FCCyT), para ser sustituido por la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES). También quedan fuera del nuevo Consejo General los tres investigadores del SNI que fueron electos para formar parte de la Mesa Directiva del FCCyT y se señala que tendrá lugar en el nuevo Consejo General tres investigadores del SNI, pero no se detalla si son los que ya habían sido electos, si habrá un periodo de transición o si se realizará una nueva elección.
De acuerdo con el análisis del equipo legal que defiende a la doctora Gloria Soberón, la eliminación del Consejo de Aprobación del Reglamento del SNI y las modificaciones señaladas, se llevaron a cabo sin haberse realizado una consulta de la comunidad científica y sin la participación de los representantes electos del SNI, que es el asunto en litigio en el juicio de amparo referido 685/2020, y en el que se ordenó por el Juez Décimo Sexto de Distrito en materia Administrativa de la Ciudad de México, Gabriel Regis López, que se respetara por el Conacyt el carácter de Gloria Soberón como miembro del Consejo de Aprobación, por lo que está relacionado de manera directa con dicho juicio.
“Lo anterior dará lugar a la ampliación de la demanda de amparo en curso, con el mismo objetivo: defender los intereses de la comunidad del SNI a efecto de contar con representantes electos en las mesas de toma de decisiones de los procedimientos de evaluación, se cumpla con los procedimientos de reforma al Reglamento del SNI, como lo es la participación del Comité Consultivo, y la no retroactividad de las normas, velando por la seguridad jurídica que debe prevalecer en el sistema, todo esto sin exigir más que el mínimo respeto a la normatividad aplicable”, indica el comunicado.
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